Voto de castigo
El voto de castigo consiste en la inclusión de una casilla denominada Voto de Castigo que será de libre elección para el votante marcarla o dejarla vacía (casilla en amarillo de la figura).
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Los dos posibles valores de la casilla son: • VACÍA: significa que el elector está satisfecho con la labor de su partido, sus acciones y promesas se dan por satisfechas. Es una valoración positiva. • MARCADA: significa que el elector está a disgusto con su partido, prefiere votarlo a abstenerse y desea que gane, pero considera que el partido no ha actuado correctamente, ha cometido errores y se merece un voto de castigo.
Recuento de votos de castigo y sus sanciones: • POR PARTIDO: si suman más del 60% el partido será sancionado con la pérdida de la bonificación salarial, 15% del sueldo, a todos sus diputados electos en Congreso o Asamblea en la anterior legislatura. • RECUENTO GENERAL: si la suma de los votos de castigo total es mayor al 60% de los votos válidos emitidos se sancionará con la pérdida de la bonificación salarial, 15% del sueldo, a todos los de todos los diputados de todos los partidos políticos en la anterior legislatura. |
En ningún caso las sanciones podrán acumularse.
Se debe implementar, en todos los procesos electorales, el modelo de Voto de Castigo y de la votación telemática de la ILP.
